Solicitar el certificado de ultimas voluntades

El certificado de últimas voluntades es un documento oficial emitido por el Ministerio de Justicia en España que acredita si una persona fallecida dejó testamento y, en caso afirmativo, especifica ante qué notario se otorgó. Este certificado es esencial en el proceso de sucesión y herencia, ya que permite a los herederos conocer si el difunto dejó instrucciones para la distribución de sus bienes y cuáles son sus disposiciones testamentarias.

Cuando una persona fallece, el certificado de últimas voluntades es el primer paso para gestionar la herencia. Sin este documento, no es posible acceder al testamento, si es que existe. Este certificado confirma la existencia del testamento y proporciona los detalles del notario y la fecha en la que se firmó el documento, lo cual permite solicitar una copia autorizada del testamento ante la notaría correspondiente.

Para obtener el certificado de últimas voluntades, es necesario presentar el certificado de defunción de la persona fallecida, ya sea de manera presencial en las oficinas del Registro General de Actos de Última Voluntad, por correo postal o a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia. La solicitud no puede presentarse inmediatamente después del fallecimiento; se debe esperar al menos 15 días hábiles desde la fecha de defunción, ya que es el tiempo requerido para que la información se actualice en los registros oficiales.

El certificado de últimas voluntades es importante porque en él se registra si el fallecido otorgó uno o varios testamentos a lo largo de su vida. En España, una persona puede modificar su testamento tantas veces como desee, y solo el último testamento es el que tiene validez legal al momento de su fallecimiento. Por ello, este certificado es fundamental para asegurar que se utilice el testamento correcto en el proceso sucesorio.

Si el certificado indica que no existe un testamento, la herencia se gestionará conforme a las leyes de sucesión intestada del Código Civil español. En estos casos, la ley establece quiénes son los herederos y en qué orden, generalmente siguiendo el parentesco con el fallecido, comenzando por los descendientes, ascendientes, cónyuge, colaterales y, en última instancia, el Estado.

Además de la utilidad práctica en el proceso sucesorio, el certificado de últimas voluntades ofrece tranquilidad y seguridad jurídica a los herederos, ya que garantiza que la distribución de los bienes se hará conforme a las últimas voluntades del difunto o, en su defecto, según lo estipulado por la ley.

En resumen, el certificado de últimas voluntades es un documento clave para gestionar la herencia de manera legal y ordenada en España. Facilita el acceso a las disposiciones testamentarias del fallecido, asegurando que sus deseos sean respetados y proporcionando a los herederos la información necesaria para llevar a cabo los trámites de adjudicación de bienes. Sin él, no sería posible comprobar la existencia de un testamento, lo que podría complicar considerablemente el proceso de sucesión.

Para solicitar el certificado de últimas voluntades en España, es necesario cumplir con ciertos requisitos y presentar documentación específica. Aquí están los pasos y requisitos detallados:

1. Certificado de Defunción

  • Es imprescindible contar con el certificado literal de defunción de la persona fallecida. Este documento debe ser emitido por el Registro Civil correspondiente al lugar del fallecimiento.
  • El certificado de defunción es fundamental, ya que acredita oficialmente la muerte de la persona y permite la inscripción en el Registro General de Actos de Última Voluntad.

2. Formulario Modelo 790

  • Se debe completar el formulario oficial, conocido como Modelo 790, que es específico para la solicitud del certificado de últimas voluntades.
  • El formulario puede descargarse desde la página web del Ministerio de Justicia, o conseguirse en las oficinas del Registro General de Actos de Última Voluntad, así como en las gerencias territoriales del Ministerio.

3. Pago de la Tasa Administrativa

  • La solicitud del certificado de últimas voluntades requiere el pago de una tasa administrativa. El importe de la tasa es relativamente bajo, pero es un paso obligatorio.
  • El pago de la tasa puede realizarse en cualquier entidad bancaria colaboradora. En el formulario Modelo 790 se incluye una hoja de autoliquidación para efectuar el pago.
  • Es importante asegurarse de que el banco selle el formulario después de realizar el pago, ya que este sello es necesario para completar la solicitud.

4. Plazo de Espera

  • No se puede solicitar el certificado de últimas voluntades inmediatamente después del fallecimiento. Es necesario esperar al menos 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento para presentar la solicitud, ya que es el tiempo que tarda en actualizarse la información en el Registro General de Actos de Última Voluntad.

5. Presentación de la Solicitud

  • La solicitud puede realizarse de diferentes maneras:
    • Presencialmente: Acudiendo a las oficinas del Registro General de Actos de Última Voluntad, en las gerencias territoriales del Ministerio de Justicia o a través de los registros públicos autorizados.
    • Por Correo Postal: Enviando el formulario Modelo 790 debidamente cumplimentado y sellado, junto con el certificado de defunción original o una copia compulsada, a la dirección del Registro General de Actos de Última Voluntad.
    • Por Vía Electrónica: A través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia, utilizando un certificado digital para identificar al solicitante. Esta opción es la más rápida y cómoda.

6. Solicitud por un Tercero

  • Si alguien diferente al heredero o familiar del fallecido solicita el certificado, deberá contar con la autorización adecuada, ya que es un trámite relacionado con datos personales protegidos.

Siguiendo estos pasos, se obtiene el certificado de últimas voluntades, que es clave para acceder al testamento y proceder con la adjudicación de la herencia del fallecido.

El tiempo que se tarda en recibir el certificado de últimas voluntades en España varía según la forma en que se realice la solicitud:

1. Solicitud Presencial o por Correo Postal

  • Si la solicitud se presenta de manera presencial en las oficinas del Registro General de Actos de Última Voluntad o por correo postal, el plazo habitual para la emisión del certificado es de aproximadamente 7 a 10 días hábiles desde la recepción de la solicitud.
  • El tiempo puede variar ligeramente dependiendo de la carga de trabajo del registro y la correcta presentación de la documentación requerida.

2. Solicitud por Vía Electrónica

  • Si se realiza a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia, utilizando un certificado digital, el proceso es más rápido. El certificado puede emitirse en un plazo de 24 a 72 horas desde que se presenta la solicitud, siempre y cuando hayan pasado los 15 días hábiles requeridos desde la fecha del fallecimiento.
  • La vía electrónica es la opción más ágil y recomendada para quienes desean obtener el certificado de forma rápida.

3. Plazos en Situaciones Especiales

  • En casos excepcionales o cuando la documentación presentada presenta errores o falta de datos, el proceso puede retrasarse, ya que el Registro General de Actos de Última Voluntad puede requerir información adicional para completar el trámite.
  • Por lo tanto, es importante asegurarse de que la solicitud esté debidamente cumplimentada y que todos los requisitos estén en orden para evitar demoras.

En resumen, el plazo para recibir el certificado de últimas voluntades varía entre 1 y 2 semanas si se solicita de manera presencial o por correo, mientras que la solicitud electrónica puede resolverse en 1 a 3 días. La rapidez del trámite depende principalmente del método de solicitud elegido y de que toda la documentación sea correcta.

Solicitar el certificado de últimas voluntades por internet es un proceso sencillo que se puede realizar a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia en España. Aquí te explico paso a paso cómo hacerlo:

1. Requisitos Previos

  • Para hacer la solicitud en línea, es necesario contar con un certificado digital o DNI electrónico para identificarte. Si no tienes uno, deberás obtenerlo previamente.
  • Debes asegurarte de que hayan pasado al menos 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento, ya que es el tiempo requerido para actualizar la información en el Registro General de Actos de Última Voluntad.

2. Acceder a la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia

  • Dirígete a la sede electrónica del Ministerio de Justicia en España. Puedes buscarla en internet o ingresar directamente a la dirección web: https://sede.mjusticia.gob.es.
  • Una vez en la página principal, selecciona la opción correspondiente a "Certificado de Actos de Última Voluntad".

3. Rellenar el Formulario Electrónico

  • Completa el formulario de solicitud en línea (Modelo 790) con los datos requeridos, que incluyen:
    • Información del fallecido, como el nombre completo y fecha de defunción.
    • Datos del solicitante, que deben coincidir con los que figuran en el certificado digital o DNI electrónico utilizado para la solicitud.
  • No es necesario adjuntar el certificado de defunción, ya que el Ministerio de Justicia verifica estos datos internamente.

4. Pago de la Tasa Administrativa

  • Debes pagar la tasa administrativa correspondiente para la emisión del certificado de últimas voluntades.
  • El pago se puede realizar en línea mediante tarjeta de crédito o débito. Una vez efectuado, el sistema generará un comprobante de pago.

5. Confirmación de la Solicitud

  • Después de completar el formulario y efectuar el pago, recibirás una confirmación de que la solicitud ha sido enviada correctamente.
  • Es recomendable guardar o imprimir el comprobante de la solicitud para cualquier consulta o seguimiento posterior.

6. Recepción del Certificado

  • El certificado de últimas voluntades se emite en formato electrónico y se descarga directamente desde la sede electrónica. Normalmente, el plazo para recibirlo es de 24 a 72 horas.
  • Si lo prefieres, también puedes solicitar que el certificado se envíe por correo postal, aunque esto prolongará el tiempo de recepción.

7. Seguimiento del Trámite

  • Puedes realizar un seguimiento del estado de tu solicitud a través de la sede electrónica, ingresando con tu certificado digital o DNI electrónico.

Siguiendo estos pasos, podrás obtener el certificado de últimas voluntades por internet de forma rápida y segura. Este método es conveniente, ya que evita desplazamientos y agiliza el proceso de obtención del documento.

En el contexto del derecho sucesorio en España, la expresión "últimas voluntades" y "testamento" están estrechamente relacionadas, pero es importante aclarar sus significados y cuál prevalece en caso de diferencias:

1. Testamento

  • El testamento es un documento legal en el que una persona (el testador) expresa su voluntad sobre cómo deben ser distribuidos sus bienes y derechos después de su fallecimiento. Es un acto formal que se realiza ante un notario y queda registrado para asegurar su autenticidad y validez.
  • En España, una persona puede otorgar varios testamentos a lo largo de su vida, pero solo el último testamento firmado es el que tiene validez legal. Por eso, el testamento más reciente siempre anula a los anteriores.

2. Certificado de Últimas Voluntades

  • El certificado de últimas voluntades no es un documento que contenga las disposiciones específicas sobre la herencia. En cambio, es un certificado que acredita si una persona ha otorgado testamento y, de ser así, señala ante qué notario y en qué fecha se realizó.
  • Este documento se utiliza para localizar el testamento válido del fallecido, que será el último otorgado antes de su muerte. El certificado garantiza que se emplee el testamento más reciente y así se respeten las verdaderas "últimas voluntades" del difunto.

3. ¿Qué Prevalece?

  • El testamento prevalece sobre cualquier otra disposición anterior que haya realizado la persona respecto a sus bienes. Es decir, si existe un testamento válido y registrado, este documento refleja las auténticas "últimas voluntades" del fallecido.
  • El último testamento otorgado antes de la muerte es el que tiene plena validez legal, anulando cualquier testamento anterior o documento informal en el que el fallecido haya manifestado otras voluntades.

4. Casos Especiales

  • Si no existe testamento, la herencia se regula conforme a las normas de la sucesión intestada, establecidas en el Código Civil español, donde se determina quiénes son los herederos legítimos según el parentesco con el fallecido.
  • En situaciones donde haya discrepancias o interpretaciones sobre la intención del testador, puede ser necesario acudir a los tribunales para resolver cualquier conflicto relacionado con la validez o la interpretación del testamento.

En resumen, el testamento es el documento legal que refleja las últimas voluntades de una persona respecto a la distribución de sus bienes, y siempre prevalece sobre otros documentos o deseos expresados previamente. El certificado de últimas voluntades simplemente permite conocer la existencia y ubicación del testamento válido.

Para saber si una persona dejó últimas voluntades (es decir, un testamento), se debe obtener el certificado de últimas voluntades. Este certificado es el documento oficial que acredita si la persona fallecida otorgó un testamento y, en caso afirmativo, indica ante qué notario y en qué fecha se realizó. Aquí están los pasos para obtenerlo y saber si una persona dejó últimas voluntades:

1. Obtener el Certificado de Defunción

  • El primer paso es contar con el certificado de defunción de la persona fallecida. Este documento debe ser emitido por el Registro Civil correspondiente y es necesario para iniciar el trámite.

2. Esperar el Plazo Legal Requerido

  • Antes de solicitar el certificado de últimas voluntades, es necesario esperar al menos 15 días hábiles desde la fecha de fallecimiento. Este plazo es requerido para que la información se actualice en el Registro General de Actos de Última Voluntad.

3. Completar el Formulario Modelo 790

  • Se debe llenar el formulario oficial Modelo 790, que es específico para la solicitud del certificado de últimas voluntades. Este formulario se puede descargar desde la página web del Ministerio de Justicia o conseguir en sus oficinas.
  • Es importante rellenar el formulario con la información del fallecido, como el nombre completo, la fecha de fallecimiento y los datos del solicitante.

4. Pagar la Tasa Administrativa

  • El trámite para obtener el certificado de últimas voluntades conlleva el pago de una tasa administrativa. Este pago se realiza en una entidad bancaria colaboradora y debe quedar reflejado en el formulario con el sello correspondiente.

5. Presentar la Solicitud

  • La solicitud puede presentarse de tres formas:
    • Presencialmente: En las oficinas del Registro General de Actos de Última Voluntad o en las gerencias territoriales del Ministerio de Justicia.
    • Por Correo Postal: Enviando el formulario Modelo 790 debidamente cumplimentado y sellado junto con el certificado de defunción original o una copia compulsada.
    • Por Internet: A través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia, utilizando un certificado digital o DNI electrónico para identificarse.

6. Recibir el Certificado de Últimas Voluntades

  • Una vez presentada la solicitud, el certificado de últimas voluntades se emitirá en un plazo que puede variar:
    • 24 a 72 horas si se solicita por internet.
    • 7 a 10 días hábiles si se presenta de forma presencial o por correo postal.

7. Interpretar el Certificado

  • El certificado indicará si el fallecido dejó testamento y, en caso afirmativo, proporcionará la información sobre el notario ante quien se otorgó y la fecha del testamento.
  • Si el certificado indica que no hay testamento, la herencia se tramitará conforme a las leyes de sucesión intestada.

En resumen, para saber si una persona dejó últimas voluntades, es necesario seguir este procedimiento y obtener el certificado correspondiente. Este documento es clave para identificar si existe un testamento y para gestionar la herencia según los deseos del fallecido.

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