Guía para autónomos

Hacerse autónomo en España implica un proceso administrativo para poder trabajar y facturar de forma independiente. Aquí tienes los pasos principales para darte de alta como autónomo en España:

1. Alta en Hacienda (Modelo 036 o 037)

  • Formulario: Tendrás que rellenar el modelo 036 o 037, que es el formulario de alta en Hacienda.
  • Trámite: Puedes hacerlo de manera presencial en una oficina de Hacienda o por internet en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, con un certificado digital.
  • Datos requeridos: Aquí especificarás tus datos personales, el epígrafe IAE (Impuesto de Actividades Económicas) de la actividad que vas a realizar, y el régimen de IVA e IRPF bajo el que tributarás.

2. Alta en la Seguridad Social (Sistema RETA)

  • Plazo: Debes hacerlo en un máximo de 60 días previos al inicio de tu actividad. Es obligatorio estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Formulario: Completarás el formulario TA0521, que puedes presentar en una oficina de la Seguridad Social o de forma telemática.
  • Cotización: Desde enero de 2023, el sistema de cotización de autónomos en España se basa en los ingresos reales, lo que significa que cotizarás en función de tus ingresos netos estimados. El mínimo de cotización va aumentando progresivamente según tus ingresos y el tramo que elijas.

3. Pagar la cuota de autónomos

  • Cuota inicial: La cuota mínima en 2023 para aquellos con ingresos más bajos ronda los 230€, y puede variar si aplicas la tarifa plana de autónomos (80 € mensuales los primeros 12 meses). Esta tarifa plana está disponible para los nuevos autónomos y algunas excepciones.
  • Variación de ingresos: Si tus ingresos fluctúan, puedes cambiar tu base de cotización hasta cuatro veces al año.

4. Declaraciones fiscales periódicas

  • IVA: Si tu actividad está sujeta a IVA, deberás presentar la declaración trimestral (modelo 303) y el resumen anual (modelo 390).
  • IRPF: Declararás tus beneficios mediante el modelo 130 (si tienes obligación de presentar pagos fraccionados) o en la declaración de la Renta al finalizar el año fiscal.

5. Obligaciones contables y de facturación

  • Libro de ingresos y gastos: Es fundamental llevar un control de los ingresos y gastos para justificar los beneficios.
  • Facturación correcta: Asegúrate de que tus facturas cumplan con todos los requisitos legales (número de factura, datos completos, IVA desglosado, etc.).

6. Considera solicitar ayudas o subvenciones

  • Algunas Comunidades Autónomas y el Gobierno ofrecen ayudas específicas para nuevos autónomos o para aquellos que inician actividades en sectores específicos.

Además de estos pasos, también puede ser útil consultar con un asesor fiscal o gestoría que te guíe en el proceso y en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y laborales.

Darse de alta en Hacienda es uno de los primeros pasos para formalizar tu actividad como autónomo en España. Al realizarlo, notificas a la Agencia Tributaria sobre el inicio de tu actividad económica, tu régimen fiscal, y otros datos clave. Aquí te explico en detalle cómo completar el proceso con el modelo 036 o 037:

¿Qué es el Modelo 036 y el Modelo 037?

  • Modelo 036: Es un formulario más completo y detallado que deben presentar todos aquellos autónomos cuyas actividades o condiciones no se ajustan a la simplicidad del Modelo 037.
  • Modelo 037: Es una versión simplificada del Modelo 036 y puede usarse cuando el autónomo cumple ciertos requisitos como, por ejemplo, ser residente en España, no estar inscrito en el régimen de IVA especial ni en operaciones intracomunitarias, y no formar parte de grandes empresas.

Paso a Paso para Rellenar el Modelo 036 o 037

1. Accede al formulario

2. Rellena la información en el Modelo 036 o 037

  • Página 1 (Datos Identificativos)
    • Aquí debes introducir tus datos personales: nombre completo, NIF (o NIE si eres extranjero), dirección fiscal, teléfono y correo electrónico.
  • Página 2 (Declaración de Alta, Modificación o Baja)
    • Declaración de Alta: Marca la casilla correspondiente para indicar que estás dándote de alta.
    • Motivo de la declaración: Selecciona “Inicio de actividad económica”.
  • Página 3 (Actividad Económica)
    • Epígrafe del IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas): Selecciona el código o “epígrafe” que corresponde a tu actividad económica. Puedes consultar los epígrafes en el portal de Hacienda o preguntar en una oficina para asegurarte de elegir el adecuado.
    • Régimen de IVA: Indica si tu actividad está sujeta a IVA o exenta. Esto dependerá del tipo de actividad que desarrolles. Si estás exento de IVA (como en el caso de actividades educativas o culturales específicas), marca la casilla correspondiente.
    • Régimen de IRPF: Por lo general, los autónomos tributan bajo el régimen de estimación directa (simplificada o normal). Si deseas tributar en módulos, asegúrate de que tu actividad cumple con los requisitos para ello.
  • Página 4 (Local o Establecimiento)
    • Si trabajas desde un local o tienes un establecimiento fijo, debes indicarlo aquí. Si trabajas desde casa, puedes dejar este campo en blanco o escribir “sin local afecto”.
  • Página 5 (Retenciones e Ingresos a Cuenta)
    • Aquí se deben detallar las obligaciones fiscales específicas de retención. Esto es importante si vas a contratar personal o si tu actividad requiere retenciones especiales. La mayoría de los autónomos no tendrán que completar esta sección.
  • Página 6 (Obligaciones Tributarias Periódicas)
    • IVA: Selecciona el modelo 303 si estás obligado a presentar declaración trimestral de IVA. También puedes añadir el modelo 390, que es el resumen anual de IVA.
    • IRPF: Si presentas pagos fraccionados, selecciona el modelo 130 (estimación directa) o el modelo 131 (estimación objetiva o módulos). De lo contrario, puedes declarar tus beneficios en la declaración anual de la Renta.
  • Página 8 (Declaración Complementaria o Sustitutiva)
    • Solo debes completarla si estás realizando una modificación o una corrección en una declaración anterior. Para el alta inicial, no es necesario.

3. Presenta el modelo

  • En línea: Para realizarlo telemáticamente, necesitas un certificado digital o sistema Cl@ve PIN. Una vez completado el formulario en la plataforma, envíalo para formalizar tu alta.
  • Presencial: Si prefieres hacerlo en persona, puedes acudir a cualquier oficina de Hacienda y presentar una copia física del modelo 036 o 037.

4. Recibe el justificante de alta

  • Al finalizar, recibirás un comprobante o justificante de tu alta, el cual puedes guardar como evidencia de que has formalizado tu situación en Hacienda.

5. Obligaciones adicionales después del alta

  • A partir de este momento, Hacienda te identificará como autónomo y tendrás la obligación de presentar tus declaraciones de IVA, IRPF u otras en las fechas correspondientes, según el régimen fiscal que hayas elegido.
  • También deberás conservar los documentos contables y de facturación de forma ordenada, y realizar las declaraciones trimestrales y anuales de acuerdo con las obligaciones fiscales.

Consejos Finales

  • Consulta con un asesor fiscal: Si tienes dudas sobre el modelo correcto o el régimen fiscal que más te conviene, un asesor puede ayudarte a optimizar tus impuestos y evitar errores.
  • Revisión periódica de obligaciones: Si en el futuro tu situación cambia (nuevos clientes internacionales, contratación de empleados, etc.), podrás modificar tu situación en Hacienda completando un nuevo modelo 036.

Darse de alta en Hacienda es un proceso sencillo si tienes claras tus necesidades fiscales y te aseguras de que los datos estén correctamente rellenados.

Darse de alta en la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) es obligatorio para cualquier persona que desee trabajar por cuenta propia en España. A continuación, te detallo el proceso para cumplir con esta obligación y formalizar tu situación laboral como autónomo en el sistema de la Seguridad Social.

Paso a Paso para Darse de Alta en el RETA

1. Comprueba tus fechas para darte de alta

  • Plazo: Es obligatorio darse de alta en el RETA en un plazo de hasta 60 días previos al inicio efectivo de la actividad económica (y nunca después). Es importante que tanto el alta en Hacienda como en la Seguridad Social se realicen en las mismas fechas para que los registros coincidan.
  • Consecuencias: Si no realizas el alta en tiempo, podrías incurrir en sanciones, multas o en la pérdida de beneficios o bonificaciones como la tarifa plana de autónomos.

2. Accede al Sistema de la Seguridad Social

  • Puedes hacer el trámite:
    • En línea: A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, para lo cual necesitarás un certificado digital o Cl@ve PIN.
    • Presencialmente: En una oficina de la Seguridad Social, donde deberás pedir cita previa.

3. Completa el Formulario TA0521 (Solicitud de Alta en el RETA)

El formulario TA0521 es el documento principal para darte de alta como autónomo en la Seguridad Social. Aquí te explico cómo rellenarlo:

  • Datos personales:
    • Rellena tus datos personales: nombre completo, apellidos, NIF o NIE, fecha de nacimiento, nacionalidad y datos de contacto como dirección, teléfono y correo electrónico.
  • Actividad económica:
    • Indica el tipo de actividad económica que realizarás. Esta debe coincidir con el epígrafe que has registrado previamente en Hacienda (IAE). La Seguridad Social utiliza esta información para clasificar tu actividad y determinar aspectos como el tipo de cotización y posibles coberturas.
  • Fecha de inicio de actividad:
    • Esta debe coincidir con la fecha que has declarado en Hacienda como inicio de actividad. Asegúrate de que ambas altas (Hacienda y Seguridad Social) sean el mismo día para evitar problemas de coordinación entre las dos instituciones.
  • Base de cotización:
    • Desde enero de 2023, el sistema de cotización de autónomos se basa en ingresos reales, por lo que deberás seleccionar una base de cotización acorde a tus ingresos netos estimados.
    • Las bases de cotización para autónomos están organizadas por tramos, que se basan en tus ingresos previstos. Puedes consultar los tramos actuales en la web de la Seguridad Social y cambiar tu base hasta cuatro veces al año.
  • Coberturas adicionales:
    • Por defecto, los autónomos cotizan para la cobertura de contingencias comunes (enfermedades y accidentes no laborales), cese de actividad (paro de autónomos) y formación profesional.
    • También puedes incluir una cobertura adicional para contingencias profesionales (accidentes laborales y enfermedades profesionales), aunque esta no es obligatoria para todos los autónomos. Para algunos sectores, como la construcción o la pesca, es obligatoria esta cobertura.

4. Presenta el Formulario

  • Telemáticamente: Envía el formulario TA0521 a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social con un certificado digital o Cl@ve PIN.
  • Presencialmente: Acude a una oficina de la Seguridad Social con el formulario impreso y los documentos requeridos, como una copia del alta en Hacienda, para formalizar el trámite.

5. Recibe tu número de afiliación y justificante de alta

  • Una vez completado el alta, recibirás un justificante de alta en el RETA y tu número de afiliación a la Seguridad Social si no lo tienes previamente.
  • Este documento es la confirmación oficial de que ya estás dado de alta en el sistema, y podrás empezar a facturar y trabajar legalmente como autónomo.

6. Comienza a pagar la cuota de autónomos

  • La Seguridad Social cobra la cuota de autónomos cada mes, y es importante saber que los pagos se realizan a mes vencido. Esto significa que la cuota de un mes se abona en los primeros días del mes siguiente.
  • Tarifa plana de autónomos: Si eres nuevo autónomo, tienes derecho a la tarifa plana de 80€ durante los primeros 12 meses. A partir de ahí, la cuota aumentará progresivamente durante los siguientes meses según los tramos actuales.
  • Otras bonificaciones: Existen otras bonificaciones para autónomos menores de 30 años, mujeres menores de 35 años, autónomos en pluriactividad o personas con discapacidad, entre otros. La Seguridad Social te informará si cumples con los requisitos para acceder a estas bonificaciones.

7. Revisa y actualiza tus datos de cotización según tus ingresos reales

  • Como autónomo, tienes la posibilidad de ajustar tu base de cotización hasta cuatro veces al año, lo cual te permite adaptarla a tus ingresos en función de las variaciones que puedan ocurrir.
  • Además, la Seguridad Social puede realizar revisiones anuales para verificar que los ingresos declarados en tu IRPF coincidan con la base de cotización seleccionada.

Consejos Útiles

  1. Consulta con un gestor o asesor laboral: Si tienes dudas sobre cómo calcular tus ingresos netos o sobre cuál base de cotización elegir, un asesor puede ayudarte a optimizar tu cotización.

  2. Mantén tus pagos al día: La Seguridad Social cobra las cuotas mensuales de manera automática, y es recomendable tener un control sobre estos pagos para evitar recargos por retraso.

  3. Considera la cobertura por cese de actividad: Si tienes una actividad con ingresos inestables, la cobertura de cese de actividad puede ser útil en caso de tener que parar tu actividad.

  4. Gestión de cobros y facturación: Asegúrate de organizar bien tus facturas y justificar tus ingresos netos para declarar tus beneficios correctamente y cumplir con la normativa de cotización.

Darse de alta en el RETA en la Seguridad Social es un trámite esencial para poder operar legalmente como autónomo y disfrutar de las coberturas del sistema de protección social. Aunque el proceso puede parecer algo complejo, siguiendo estos pasos y contando con asesoramiento si lo necesitas, podrás darte de alta sin complicaciones.

Las cuotas de autónomos en España son los pagos mensuales que los trabajadores autónomos deben hacer a la Seguridad Social para acceder a los beneficios de este sistema, como la sanidad pública, la jubilación, y otros beneficios sociales. A partir de enero de 2023, el sistema de cotización para autónomos cambió en España, basándose en los ingresos reales del autónomo, con una tabla de tramos para calcular la cuota.

Cómo se Calcula la Cuota de Autónomos

La cuota de autónomos se calcula en función de:

  1. Ingresos reales: Es decir, los ingresos netos estimados que se espera obtener mensualmente.
  2. Base de cotización: La base de cotización se elige dentro de los tramos establecidos por la Seguridad Social en función de tus ingresos. Es un porcentaje de estos ingresos netos.
  3. Tramos de ingresos: Cada autónomo debe elegir una base de cotización según el tramo de ingresos que estime ganar anualmente.

Tabla de Tramos de Cotización para Autónomos (2023 - 2025)

Aquí te detallo los tramos actuales y los previstos hasta 2025. Las cuotas se ajustarán cada año hasta que se implante por completo el sistema en 2025.

Tramo de Ingresos MensualesCuota Mensual en 2023Cuota Mensual en 2024Cuota Mensual en 2025
Menos de 670 €230 €225 €200 €
De 670 € a 900 €260 €250 €220 €
De 900 € a 1.166 €275 €267 €260 €
De 1.166 € a 1.300 €291 €291 €291 €
De 1.300 € a 1.500 €294 €294 €294 €
De 1.500 € a 1.700 €310 €320 €350 €
De 1.700 € a 1.850 €315 €325 €370 €
De 1.850 € a 2.030 €320 €330 €390 €
De 2.030 € a 2.330 €330 €340 €415 €
De 2.330 € a 2.760 €350 €370 €440 €
De 2.760 € a 3.190 €370 €400 €465 €
De 3.190 € a 3.620 €390 €440 €490 €
De 3.620 € a 4.050 €420 €460 €520 €
Más de 4.050 €500 €530 €590 €

Cómo Elegir la Base de Cotización

  • Nueva elección trimestral: Cada trimestre puedes modificar tu base de cotización (hasta cuatro veces al año) para ajustar el pago a tus ingresos reales, y la Seguridad Social revisará que estos se correspondan con los tramos elegidos.
  • Regularización de la cuota: Al final de cada año, la Seguridad Social verificará que los ingresos declarados en tu IRPF coincidan con el tramo que has elegido. Si la cuota es más baja o más alta de la correspondiente, te cobrarán o devolverán la diferencia.

Cuota Reducida para Nuevos Autónomos: Tarifa Plana

La tarifa plana es una bonificación para nuevos autónomos que permite pagar una cuota reducida durante los primeros años de actividad:

  • Primero 12 meses: Cuota fija de 80 € al mes.
  • Meses 13 a 24: Reducción variable dependiendo de la Comunidad Autónoma y los ingresos netos (se aplican solo en ciertas circunstancias y según la normativa local).
  • Requisitos: No haber sido autónomo en los dos años anteriores ni haber disfrutado de la tarifa plana previamente.

Forma de Pago de la Cuota de Autónomos

  • Cobro mensual: La Seguridad Social carga la cuota de autónomos cada mes (a mes vencido) en la cuenta bancaria que hayas asociado al sistema.
  • Importancia de tener saldo: Es importante que tengas suficiente saldo en la cuenta el día del cobro para evitar recargos o sanciones.

Bonificaciones y Reducciones Adicionales

Además de la tarifa plana, existen otras bonificaciones según las características del autónomo:

  • Autónomos menores de 30 años (o mujeres menores de 35).
  • Autónomos en pluriactividad: Reducción de hasta el 50% en la base mínima durante los primeros 18 meses.
  • Personas con discapacidad: Reducción de hasta el 80% durante el primer año.

Consideraciones Finales

  1. Consulta el ajuste de tu cuota anualmente: Es recomendable revisar y ajustar la cuota cada año según los cambios de tus ingresos.
  2. Gestión de ingresos: Como autónomo, mantén un control estricto sobre tus ingresos netos y gastos para justificar tu base de cotización.
  3. Asesoramiento fiscal: Puede ser útil contar con un asesor para optimizar tu cotización y obtener bonificaciones o reducciones adicionales.

Con esta guía, tienes un panorama detallado sobre cuánto se paga y cómo se estructuran las cuotas de autónomos en España bajo el nuevo sistema de tramos por ingresos.

Las declaraciones fiscales periódicas son las obligaciones tributarias que los autónomos en España deben presentar a la Agencia Tributaria (Hacienda) en función de su actividad económica. Estas declaraciones están relacionadas con el IVA (si corresponde) y el IRPF, y su frecuencia suele ser trimestral y anual. A continuación, te detallo cada una de las declaraciones obligatorias para un autónomo en España:

1. Declaraciones de IVA

El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) es un impuesto indirecto que los autónomos deben aplicar a la venta de productos o servicios (con algunas excepciones, como actividades educativas o sanitarias). Las declaraciones de IVA permiten a Hacienda controlar la cantidad de IVA que un autónomo recauda y paga.

Modelo 303: Declaración Trimestral de IVA

  • Periodicidad: Trimestral (4 veces al año).
  • Plazos de presentación:
    • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril.
    • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio.
    • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre.
    • Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero del año siguiente.
  • Contenido del Modelo 303:
    • En este modelo, detallas el IVA repercutido (el que has cobrado a tus clientes) y el IVA soportado (el que has pagado en tus compras y gastos).
    • El resultado puede ser a pagar (si has cobrado más IVA del que has pagado) o a devolver (si has pagado más IVA del que has cobrado).
  • Pago o compensación: Si el resultado es a pagar, debes ingresar el importe correspondiente. Si es negativo, puedes compensarlo en la siguiente declaración o solicitar su devolución en la última declaración del año (cuarto trimestre).

Modelo 390: Resumen Anual de IVA

  • Periodicidad: Anual (una vez al año).
  • Plazo de presentación: Del 1 al 30 de enero del año siguiente.
  • Contenido del Modelo 390:
    • Es un resumen anual donde se desglosan todas las operaciones realizadas durante el año en términos de IVA. Debe cuadrar con las declaraciones trimestrales del Modelo 303 presentadas durante el año.
  • Objetivo: Este modelo no genera ningún pago adicional, pero sirve para que Hacienda revise y cuadre los datos de las declaraciones trimestrales.

2. Declaraciones de IRPF

El IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es un impuesto directo que grava los ingresos de los autónomos. La declaración de IRPF de un autónomo se realiza a través de pagos fraccionados a lo largo del año, y al final, se regulariza en la Declaración de la Renta.

Modelo 130: Pago Fraccionado de IRPF (Estimación Directa)

  • Periodicidad: Trimestral.
  • Plazos de presentación:
    • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril.
    • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio.
    • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre.
    • Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero del año siguiente.
  • Contenido del Modelo 130:
    • Este modelo es obligatorio para autónomos que tributan en estimación directa (la mayoría de los autónomos).
    • Calcula un anticipo de los beneficios obtenidos, basándose en los ingresos y gastos del trimestre. El importe a pagar es el 20% del beneficio neto (ingresos - gastos).
  • Excepciones: No es obligatorio si más del 70% de los ingresos del autónomo están sujetos a retención, como ocurre con algunos profesionales que facturan a empresas o entidades que aplican retención.

Modelo 131: Pago Fraccionado de IRPF (Estimación Objetiva o Módulos)

  • Periodicidad: Trimestral.
  • Plazos de presentación: Coinciden con los del Modelo 130.
  • Contenido del Modelo 131:
    • Este modelo es para autónomos en estimación objetiva (o régimen de módulos), aplicable a ciertas actividades como comercio minorista, transporte, hostelería, entre otras.
    • El importe a pagar no se calcula sobre el beneficio real, sino sobre una cantidad fija determinada por los “módulos” de la actividad.
  • Particularidades: Este régimen está limitado a actividades específicas y está sujeto a ciertos requisitos (por ejemplo, límites de ingresos).

Declaración de la Renta (Modelo 100)

  • Periodicidad: Anual.
  • Plazo de presentación: Generalmente, entre abril y junio del año siguiente.
  • Contenido del Modelo 100:
    • Es la declaración general de la renta, donde se incluyen los ingresos obtenidos durante el año, los gastos deducibles y los pagos fraccionados ya realizados (modelos 130 o 131).
    • En este modelo se hace una regularización final: si el autónomo ha pagado más IRPF del debido durante el año, Hacienda devuelve la diferencia, y si ha pagado menos, tendrá que abonar el importe restante.

3. Retenciones e Ingresos a Cuenta

Además de las declaraciones de IVA e IRPF, los autónomos también pueden estar obligados a realizar retenciones en ciertos casos.

Modelo 111: Retenciones a Cuenta del IRPF de Trabajadores y Profesionales

  • Periodicidad: Trimestral.
  • Plazos de presentación: Coinciden con los plazos de IVA e IRPF trimestrales.
  • Contenido del Modelo 111:
    • Este modelo es obligatorio para autónomos que hayan contratado empleados o que paguen a otros profesionales.
    • En él se declaran las retenciones aplicadas en nóminas de trabajadores o en pagos a otros profesionales con los que se trabaje.

Modelo 115: Retenciones de Alquileres

  • Periodicidad: Trimestral.
  • Contenido del Modelo 115:
    • Obligatorio si el autónomo paga el alquiler de un local comercial. La retención es del 19% sobre el importe del alquiler y debe ingresarse a Hacienda.

Resumen de Fechas Clave

  • Trimestrales (Modelos 303, 130/131, 111 y 115):

    • 1er trimestre: del 1 al 20 de abril.
    • 2º trimestre: del 1 al 20 de julio.
    • 3er trimestre: del 1 al 20 de octubre.
    • 4º trimestre: del 1 al 30 de enero.
  • Anuales:

    • Modelo 390 (Resumen Anual de IVA): Del 1 al 30 de enero.
    • Declaración de la Renta (Modelo 100): Entre abril y junio del año siguiente.
    • Modelo 347 (Operaciones con terceros): Obligatorio para informar sobre clientes o proveedores con los que se hayan realizado operaciones por un valor superior a 3.005,06 € anuales. El plazo es durante el mes de febrero del año siguiente.

Recomendaciones para Cumplir con las Obligaciones Fiscales

  1. Mantén la contabilidad al día: Registrar todos los ingresos y gastos de forma organizada facilita la presentación de las declaraciones y evita errores.
  2. Utiliza software de contabilidad: Muchos autónomos utilizan herramientas de contabilidad para automatizar el cálculo de IVA e IRPF y simplificar la presentación de declaraciones.
  3. Consulta con un asesor fiscal: Puede ser muy útil contar con un asesor, especialmente si tienes dudas sobre cómo aplicar deducciones o si estás en estimación objetiva.
  4. Revisa los cambios legislativos: Las normativas fiscales pueden cambiar anualmente, por lo que es importante estar informado para evitar sanciones.

Cumplir con las obligaciones fiscales periódicas es esencial para operar de manera legal y evitar sanciones. Con esta guía, tienes una visión completa de las principales declaraciones fiscales que debe realizar un autónomo en España y las fechas clave para cumplir con ellas.

Las obligaciones contables y de facturación de un autónomo en España son esenciales para cumplir con las normativas fiscales, facilitar las declaraciones de impuestos y garantizar que se refleje de manera correcta la actividad económica. Aquí te detallo en profundidad los aspectos clave que debes tener en cuenta para gestionar correctamente tus cuentas y facturación como autónomo.

1. Obligaciones Contables de un Autónomo

Los autónomos no están obligados a llevar una contabilidad estricta como las empresas (sociedades), pero sí deben mantener ciertos registros contables que reflejen sus ingresos, gastos y situación financiera. Estos registros son esenciales para cumplir con las declaraciones de IVA, IRPF y otros impuestos.

Libros Contables Obligatorios

Dependiendo del régimen de tributación, un autónomo debe llevar los siguientes libros de registro:

  • Libro de Ingresos y Ventas:

    • Recoge todas las facturas emitidas y otros ingresos generados por la actividad.
    • Cada registro debe incluir el número de factura, la fecha, el cliente, el concepto, el importe, y el tipo de IVA.
  • Libro de Gastos y Compras:

    • Debe incluir todas las facturas de compra o gastos deducibles relacionados con la actividad (alquiler, suministros, material, etc.).
    • Los datos necesarios son: número de factura, fecha, proveedor, concepto del gasto, importe total y desglose de IVA.
  • Libro de Bienes de Inversión:

    • Solo obligatorio si el autónomo tiene bienes que puedan considerarse inversiones en la actividad, como maquinaria, equipos informáticos, vehículos, o mobiliario.
    • Este libro detalla los activos que se van a amortizar a lo largo de su vida útil, y se debe incluir la fecha de adquisición, el precio, el tipo de amortización, y el desglose de cada año.
  • Libro de Provisiones y Suplidos (opcional):

    • En caso de que el autónomo realice gastos o provisiones en nombre del cliente (como abogados o arquitectos), se debe llevar un registro detallado.

Requisitos de los Libros Contables

  • Formato y orden: Los libros deben estar organizados y llevar un orden cronológico. Esto es importante en caso de una inspección de Hacienda.
  • Digitalización: Los libros pueden llevarse en formato electrónico, especialmente si se utiliza un software de contabilidad, siempre que se mantenga el contenido mínimo requerido y estén accesibles en cualquier momento.
  • Conservación: La normativa exige conservar los libros y documentos contables durante al menos cuatro años desde la última declaración de impuestos en que aparezcan reflejados.

2. Obligaciones de Facturación de un Autónomo

Las facturas son el documento que justifica legalmente las operaciones de venta y la prestación de servicios de un autónomo. Para que tengan validez fiscal, deben cumplir ciertos requisitos formales y respetar el orden secuencial.

Requisitos Legales de una Factura

Toda factura debe incluir los siguientes datos para que sea válida ante Hacienda:

  • Número y serie: Todas las facturas deben tener un número y serie correlativo. La numeración debe ser única, secuencial y seguir un orden cronológico.
  • Fecha de emisión: La fecha en que se emite la factura.
  • Datos del emisor:
    • Nombre o razón social del autónomo.
    • NIF o CIF.
    • Dirección fiscal.
  • Datos del cliente:
    • Nombre o razón social y NIF (si el cliente es otra empresa o autónomo).
    • Dirección fiscal (no es obligatorio para ventas a particulares).
  • Descripción de la operación:
    • Explicación detallada del producto o servicio prestado.
    • Especificar el número de unidades, precio unitario y subtotal.
  • Importe total: Importe bruto y desglose del IVA aplicado.
  • Retención de IRPF (si aplica): Si estás trabajando para empresas o profesionales, puedes aplicar una retención del 15% en concepto de IRPF (o 7% durante los primeros tres años como autónomo nuevo).

Tipos de Facturas

  • Factura completa: Es la factura estándar, que incluye todos los datos anteriores.
  • Factura simplificada (antes “ticket”): Permitida para ventas menores de 400 €, o 3.000 € si son actividades de tipo minorista, hostelería, transporte, entre otras. Esta factura no necesita incluir los datos del cliente.
  • Factura rectificativa: Emisión obligatoria si hay algún error en la factura original, o si se hace un abono o descuento posterior. Debe referenciar la factura original y explicar la rectificación.

Plazos para la Emisión de Facturas

  • Las facturas deben emitirse en el momento de la entrega del bien o prestación del servicio.
  • En operaciones con pago aplazado, puedes emitir la factura en el momento en que cobres el servicio, pero siempre dentro del trimestre en el que hayas realizado la venta o servicio.

Conservación de Facturas

  • Facturas emitidas y recibidas: Se deben conservar durante un mínimo de cuatro años a efectos fiscales. Es importante mantener tanto las copias de las facturas emitidas como las originales de las facturas recibidas, ya que Hacienda podría solicitarlas en una inspección.

3. Gestión de Cobros y Pagos

Llevar un control sobre los cobros y pagos es esencial para la contabilidad de un autónomo. Este seguimiento ayuda a mantener un flujo de caja sano y evita problemas con el IVA y el IRPF.

  • Cobros: Es importante registrar la fecha de cada cobro para saber en qué trimestre debe declararse el IVA y, si aplica, el IRPF.
  • Pagos: Los pagos relacionados con la actividad deben registrarse de forma detallada en el Libro de Gastos y Compras para poder deducir el IVA soportado y aplicarlo en la base de cotización para IRPF.

4. Deducción de Gastos

Como autónomo, puedes deducir ciertos gastos relacionados con tu actividad. Estos gastos deben estar reflejados en la contabilidad y en las facturas para ser deducibles en tus declaraciones fiscales.

Requisitos para Deducir Gastos

Para que un gasto sea deducible, debe cumplir con estos requisitos:

  • Vinculación con la actividad: El gasto debe estar directamente relacionado con la actividad económica.
  • Justificación: Debes tener una factura completa que acredite el gasto, no es suficiente con un ticket o comprobante.
  • Registro contable: El gasto debe estar registrado en el Libro de Gastos y Compras.

Principales Gastos Deducibles

  • Suministros: Si trabajas desde casa, puedes deducir un porcentaje de los gastos de suministros como agua, luz, gas o internet, así como el alquiler.
  • Transporte: Los gastos de transporte relacionados con la actividad (combustible, peajes, mantenimiento del vehículo) pueden deducirse si el vehículo está afecto exclusivamente a la actividad.
  • Material de oficina: Equipos informáticos, mobiliario, material de papelería, entre otros.
  • Formación: Gastos en formación profesional, cursos y congresos directamente relacionados con la actividad.
  • Cuotas de autónomos: La cuota de la Seguridad Social es deducible en la declaración de IRPF.

5. Obligación de Informar sobre Operaciones con Terceros (Modelo 347)

El Modelo 347 es una declaración informativa obligatoria para aquellos autónomos que realicen operaciones con terceros (clientes o proveedores) que superen los 3.005,06 € anuales.

  • Periodicidad: Anual (en el mes de febrero).
  • Contenido: Se deben reportar los datos de cada cliente o proveedor con los que se hayan realizado operaciones que superen el límite anual. Esto incluye nombre, NIF, importe total de las operaciones y desglose por trimestres.

Consejos Finales

  1. Mantén tus registros al día: Registrar tus ingresos y gastos a medida que ocurren evita errores y permite presentar tus declaraciones fiscales a tiempo.
  2. Utiliza software de contabilidad: Una herramienta de contabilidad puede ayudarte a organizar tus facturas, libros de ingresos y gastos, y facilitar la presentación de tus declaraciones.
  3. Consulta con un asesor fiscal: Las normativas fiscales cambian, y un asesor puede ayudarte a deducir correctamente tus gastos, ajustar tu facturación y asegurar que cumples con todas las obligaciones contables y de facturación.
  4. Revisa tus deducciones: Asegúrate de que cada gasto deducido esté bien justificado, documentado y registrado, ya que Hacienda puede solicitar una justificación detallada.

Cumplir con las obligaciones contables y de facturación de forma adecuada no solo es fundamental para evitar sanciones, sino que también ayuda a optimizar tus impuestos y mantener una gestión financiera ordenada.

Las ayudas y subvenciones para autónomos en España se dividen en dos niveles: las ayudas estatales, que están disponibles para autónomos en toda España, y las ayudas autonómicas, que son gestionadas y específicas de cada Comunidad Autónoma. Estas ayudas incluyen desde reducciones de cuotas hasta subvenciones directas y financiación para proyectos o mejoras en el negocio. Aquí te detallo las principales ayudas a nivel estatal y por Comunidades Autónomas:


1. Ayudas Estatales para Autónomos

Estas ayudas son accesibles para todos los autónomos en España, independientemente de su ubicación.

Tarifa Plana para Nuevos Autónomos

  • Descripción: Los nuevos autónomos pueden acogerse a una cuota mensual reducida de 80 € durante los primeros 12 meses de actividad.
  • Duración: Después de estos primeros 12 meses, en algunos casos se puede prorrogar otros 12 meses adicionales, dependiendo de los ingresos.
  • Requisitos: No haber estado dado de alta como autónomo en los últimos dos años (o tres si se ha recibido la tarifa plana previamente).

Subsidio para Autónomos Mayores de 52 Años

  • Descripción: Subsidio para aquellos autónomos mayores de 52 años que se encuentren en paro. Permite recibir una ayuda hasta alcanzar la jubilación.
  • Requisitos: Haber cotizado por desempleo al menos seis años y estar en paro sin ingresos superiores al 75% del SMI.

Capitalización del Paro o Pago Único

  • Descripción: Posibilidad de cobrar el 100% del paro de una sola vez para iniciar una actividad como autónomo.
  • Condiciones: El importe debe utilizarse para cubrir gastos de la nueva actividad, como inversiones iniciales o pago de cuotas de la Seguridad Social.
  • Requisitos: Estar desempleado y tener pendiente una prestación por desempleo. No haber iniciado la actividad aún.

Incentivos por Contratación de Trabajadores

  • Descripción: Bonificaciones en la cuota de autónomos si contratan empleados, especialmente si estos trabajadores son menores de 30 años, mujeres, mayores de 45 años, o personas en riesgo de exclusión social.
  • Bonificación: Hasta el 100% de las cuotas en algunos casos, en contratos de formación y aprendizaje.

Bonificación para Autónomos en Pluriactividad

  • Descripción: Bonificación en las cuotas para aquellos que trabajan como autónomos y, a la vez, cotizan en el Régimen General como empleados.
  • Reducción: Puede llegar hasta el 50% de la base mínima de cotización en los primeros 18 meses y un 25% en los 18 meses siguientes.

Subvenciones para Emprendedores y Nuevas Empresas (ENISA)

  • Descripción: Financiación para proyectos innovadores, generalmente en forma de préstamos participativos.
  • Requisitos: Empresa con menos de 24 meses de antigüedad, perfil innovador, y un plan de negocio viable.

2. Ayudas Autonómicas para Autónomos

Cada Comunidad Autónoma ofrece ayudas específicas, adaptadas a las necesidades locales. A continuación, se resumen las principales ayudas en algunas de las Comunidades Autónomas.

Andalucía

  • Subvenciones para Nuevos Autónomos: Ayudas para el inicio de actividad, que varían entre 3.800 € y 5.500 €, dependiendo de la situación personal del solicitante (menores de 30 años, mujeres, mayores de 45 años).
  • Tarifa Plana Extendida: Reducción de la cuota de autónomos durante 24 meses adicionales para aquellos que hayan tenido acceso a la tarifa plana estatal.
  • Programa de Impulso a la Innovación en Autónomos: Subvenciones para la digitalización y mejora de la productividad en actividades autónomas.

Cataluña

  • Subvenciones para Autónomos Jóvenes: Ayudas para menores de 30 años que inician su actividad como autónomos.
  • Bonificación por Contratación de Empleados: Ayuda a autónomos que contraten a su primer trabajador.
  • Ayudas a la Digitalización y Comercio Electrónico: Subvenciones para autónomos que inviertan en herramientas de comercio electrónico o desarrollen tiendas online.

Madrid

  • Tarifa Plana Extendida para Autónomos: Ayuda para complementar la tarifa plana estatal, extendiéndola durante 12 meses adicionales (segundo año).
  • Subvenciones para Proyectos Innovadores: Financiación para autónomos con proyectos innovadores en sectores tecnológicos y digitales.
  • Ayudas para la Conciliación Familiar: Subvenciones para autónomos que contraten a un sustituto durante períodos de baja por maternidad o paternidad.

Comunidad Valenciana

  • Ayudas para Nuevos Autónomos: Subvenciones de entre 3.000 € y 4.000 € para nuevos autónomos.
  • Fomento del Comercio Local y Digitalización: Subvenciones para autónomos en comercio minorista que deseen invertir en digitalización y herramientas de venta online.
  • Programa Avalem Comerç: Ayudas para renovar y modernizar locales comerciales gestionados por autónomos.

Galicia

  • Programa Galicia Emprende: Subvenciones para nuevos autónomos o autónomos con proyectos de expansión y desarrollo de su negocio.
  • Tarifa Plana Extendida: Ampliación de la tarifa plana estatal hasta los 24 meses para autónomos en zonas rurales.
  • Ayudas para el Emprendimiento Femenino: Subvenciones y bonificaciones para mujeres emprendedoras en sectores con poca representación femenina.

Castilla y León

  • Ayudas al Emprendimiento Rural: Incentivos para autónomos que desarrollen actividades en áreas rurales, con subvenciones de hasta 5.000 €.
  • Programa de Autoempleo Femenino: Apoyo económico para mujeres que se establezcan como autónomas en la región.
  • Bonificación para Autónomos Mayores de 55 Años: Subvenciones y bonificaciones para autónomos de más de 55 años que inicien o continúen su actividad.

País Vasco

  • Programa Gauzatu Autónomos: Ayudas de hasta 5.000 € para autónomos en sectores industriales o tecnológicos.
  • Ayudas para Autónomos en Innovación: Subvenciones para autónomos que inviertan en digitalización, investigación, y desarrollo de nuevas tecnologías.
  • Subvenciones para la Mejora de la Competitividad: Financiación para autónomos que inviertan en maquinaria, instalaciones, y otros elementos que mejoren su competitividad.

Extremadura

  • Ayudas para el Autoempleo: Subvenciones de entre 7.500 € y 9.000 € para nuevos autónomos en la región, con mayor ayuda para mujeres y jóvenes.
  • Programa para el Fomento de la Innovación: Subvenciones a autónomos que modernicen sus equipos o tecnología en sectores como la agricultura y la artesanía.
  • Bonificación de Cuotas para Emprendedores Rurales: Ayudas para autónomos que inicien actividad en áreas rurales, especialmente si son mujeres o jóvenes.

Asturias

  • Ayudas a la Inversión para Autónomos: Subvenciones para financiar inversiones en maquinaria, equipos, locales y tecnología.
  • Programa de Relevo Generacional: Ayudas para autónomos que se hagan cargo de negocios familiares o de tercera edad.
  • Fomento del Comercio Rural: Subvenciones para la apertura y modernización de comercios rurales y minoristas.

Consejos para Solicitar Ayudas y Subvenciones

  1. Consulta la web de tu Comunidad Autónoma: La mayoría de las comunidades actualizan periódicamente sus programas de ayuda y anuncian nuevas subvenciones.
  2. Presenta la documentación en regla: Asegúrate de cumplir con todos los requisitos y de tener los documentos necesarios actualizados (alta en Hacienda y Seguridad Social, NIF, etc.).
  3. Atención a los plazos: Algunas ayudas tienen plazos limitados y se otorgan hasta agotar el presupuesto disponible.
  4. Apoyo de una asesoría: Un asesor puede ayudarte a encontrar y solicitar las ayudas que mejor se adapten a tu situación y a tu actividad profesional.

Estas ayudas y subvenciones son una excelente oportunidad para los autónomos en España, ya que facilitan el inicio y la consolidación de la actividad y, en muchos casos, permiten financiar mejoras tecnológicas, contratación de personal o expansión del negocio.

Otros artículos de interés

Como conseguir el subsidio o ayuda a la vivienda [Guías]24 oct., 2024
Solicitar el certificado de empadronamiento [Guías]13 nov., 2024
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) en España, requisitos y pasos a seguir [Guías]18 oct., 2024
Divorcio, tipos y pasos a seguir [Guías]18 dic., 2024
Guía para hacer facturas electrónicas paso a paso [Guías]29 oct., 2024
Certificado de discapacidad [Guías]21 oct., 2024
Donaciones de padres a hijos [Guías]09 dic., 2024
Kit Digital | Acelera pyme | Bono digital [Guías]08 nov., 2024
El bono social eléctrico ( ayuda para pagar la luz ) [Guías]30 oct., 2024
Pesca del calamar [Guías]01 nov., 2024
Curriculum Vitae, como hacerlo paso a paso [Guías]21 oct., 2024
Guía para maquillarse [Guías]24 oct., 2024
Reducción de jornada laboral [Guías]16 dic., 2024
Bono cultural, como se solicita [Guías]05 nov., 2024
El subsidio para mayores de 52 años en España [Guías]24 oct., 2024
Como solicitar La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) [Guías]25 oct., 2024
Guía para solicitar el paro ( prestación por desempleo ) [Guías]21 oct., 2024
Solicitar una nota simple en el registro de una vivienda [Guías]31 oct., 2024
Solicitar el certificado de ultimas voluntades [Guías]23 oct., 2024
Solicitar pensión por jubilación [Guías]04 nov., 2024
Solicitar el permiso de residencia [Guías]21 nov., 2024

Términos de uso:Términos de uso v.94